Tribunal de Japón declara inconstitucional la prohibición del matrimonio igualitario
El Tribunal Superior de Osaka dictaminó que la falta de reconocimiento legal del matrimonio entre personas del mismo sexo en Japón es inconstitucional, en línea con fallos previos en Sapporo, Tokio, Fukuoka y Nagoya.
La corte consideró que las disposiciones del derecho civil que excluyen a las parejas del mismo sexo violan el principio de igualdad consagrado en la Constitución japonesa. La jueza Kumiko Honda subrayó que estas normas generan desventajas legales significativas y atentan contra el derecho individual al matrimonio.
Sin embargo, el tribunal mantuvo la decisión de no otorgar indemnización a las parejas demandantes, que en 2019 solicitaron un millón de yenes por persona en daños y perjuicios.
Japón sigue siendo el único país del G7 que no reconoce legalmente el matrimonio igualitario, aunque varias ciudades han implementado programas de asociación para parejas del mismo sexo.